El Real Decreto 742/2016, de 30 de diciembre, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 31 de diciembre de 2016 ha fijado el salario mínimo interprofesional para 2017.
Con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 2/2016, el pasado día 30 de septiembre, se modifican los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades, que afectará a los que haya que presentar del 1 al 20 de octubre y, mientras no cambie la norma, con carácter indefinido.
El 2 de octubre de 2016 es la fecha de entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta Ley obliga, entre otros, a las personas jurídicas y a las entidades sin personalidad jurídica a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Entre las entidades sin personalidad jurídica se incluyen las asociaciones, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las herencias yacentes y las comunidades de propietarios.
Con la entrada en vigor de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir del 2 de octubre de 2016, obligatoriamente se tendrán que relacionar electrónicamente con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos los siguientes sujetos: Las personas jurídicas. Las entidades sin personalidad jurídica. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo…
Con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir del día 2 de octubre de 2016, cuando los plazos se señalen en días, se declaran inhábiles los SÁBADOS, así como los domingos y festivos. Asimismo, los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo. Para mayor información consulte a…
Al menos desde 1995, la normativa del Impuesto sobre Sociedades ha permitido la deducción como gasto de los intereses de demora, incluso cuando se derivan de actuaciones de la inspección tributaria.
El ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas) está procediendo a la apertura de expedientes sancionadores a algunas sociedades que no han cumplido con la obligación de depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil.
En la tarde de ayer tuve el honor de impartir un nuevo curso, en esta ocasión sobre “El cálculo del impuesto sobre beneficios con la Hoja de APV”, en la recién inaugurada sede de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) en Las Palmas de Gran Canaria, al que asistieron más de 50 profesionales de la asesoría fiscal.
En la tarde de ayer, Antonio Pérez Viera pronunció una conferencia, de 5 a 8 de la tarde, en el Salón de Actos “Benito Regalado” del Ilustre Colegio Oficial de Titulados Mercantiles y Empresariales de Santa Cruz de Tenerife, sobre “El Cierre Fiscal y el Cálculo del Impuesto sobre Beneficios con la "Hoja de APV”. La conferencia, dirigida principalmente a asesores fiscales, versó sobre el análisis de todo lo que se debe tener en cuenta en el momento del cierre, desde un punto de vista eminentemente práctico, al objeto de que los balances reflejen la imagen fiel de las empresas,…
Con fecha 21 de diciembre de 2015, la Dirección General de Tributos ha publicado la consulta V4080-15 en la que se pronuncia, en relación con la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, sobre la deducibilidad de los intereses de demora derivados de unas actas de inspección firmadas en el año 2015.
En el día de hoy se ha publicado en el Boletín Oficial de Canarias la LEY 11/2015, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2016, por la que se introducen importantes cambios en material materia fiscal, entre las que cabe destacar la bonificación hasta un 99,9% del impuesto de sucesiones y donaciones, para familiares en primer y segundo grado, lo que sin duda viene a solventar lo ocurrido en los últimos años, en los que han sido muchas las renuncias a las herencias por no poder hacer frente al pago de dicho impuesto…
Les recordamos que a partir del 1 de enero de 2016 entrarán en vigor nuevos tipos de retención a cuenta aplicables en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en el Impuesto sobre Sociedades y en el Impuesto sobre la Renta de no Residentes. En julio de 2015 se produjo una reducción de los tipos de retención aplicables a estos impuestos y a parir del uno de enero de 2016 vuelven a ser modificados: