Con la entrada en vigor de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a partir del día 2 de octubre de 2016, cuando los plazos se señalen en días, se declaran inhábiles los SÁBADOS, así como los domingos y festivos.
Asimismo, los plazos expresados en días se contarán a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación del acto de que se trate, o desde el siguiente a aquel en que se produzca la estimación o la desestimación por silencio administrativo.
Para mayor información consulte a Antonio Pérez Viera en “A.P.V. Asesores & Auditores”